QUÉ PASA DESPUÉS
Cuando se le notifique la aceptación de la Oferta de Adhesión al Sistema Arbitral, recibirá también el distintivo arbitral otorgado que podrá lucir en un lugar destacado de su establecimiento e incorporarlo a sus comunicaciones comerciales.
Se puede renunciar a la oferta de adhesión en cualquier momento y será efectiva a partir de los tres meses desde la presentación.
IMPORTANTE: Si no se hace constar nada en contra, la oferta se entenderá realizada mediante el arbitraje en equidad, por tiempo indefinido y con aceptación de la mediación previa, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25 del Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, regulador del Sistema Arbitral de Consumo.
EFECTO DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO
Transcurrido el plazo legal sin que el ayuntamiento haya notificado ninguna resolución, la petición se entenderá estimada.
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