Ayuntamiento de L'Hospitalet. 100x100 L'Hospitalet

trámites

Licencia de Obras menores

Oir Contenido (nueva ventana)

QUÉ

Licencia de Obras menores, definidas en las ordenanzas metropolitanas de edificación del Plan General Metropolitano, se consideran obras menores:
- Las pequeñas obras de reparación y modificación de edificios, así como la ejecución de obras interiores en locales no destinados a vivienda que no modifiquen la estructura y mejoren las condiciones de higiene y estética.
. reparación de la cubierta y del terrado.
. pintura y reparación de fachadas en edificios no incluidos en el catálogo de interés histórico-artístico.
. colocación de puertas y persianas en oberturas.
. colocación de rejas.
. construcción, reparación o sustitución de cañerías de instalaciones, desagües y alcantarillado.
. construcción de pozos y fosas sépticas.
. modificación de balcones, bases o elementos salientes.
. cambio o reparación de elementos estructurales.
. ejecución o modificación de aberturas.
. construcciones y modificaciones de aparadores.
. colocación de elementos mecánicos de las instalaciones en terrados de edificios.
. reposición de elementos deteriorados de fachadas.
. cubiertos ligeros, abiertos o cerrados lateralmente por paredes de superficie máxima de 50 metros cuadrados y altura máxima de 5 metros.
- Las obras auxiliares de la construcción:
. establecimiento de vallas de precaución de obras.
. construcción de puentes, andamios y similares.
. ejecución de cata, pozo y sondeo d'exploración.
. colocación de gruas-torres o cualquier aparato elevador para la construcción.
. realización de trabajos de nivelación.
. construcciones e instalaciones de barracas provisionales de obras.
- Las obras en solares:
. establecimiento de vallas definitivas.
. construcción o derribo de cubiertas provisionales de una planta o de menos de 50 metros cuadrados de superficie total.
. trabajos de nivelación del entorno al edificio construido..  

QUIÉN

Cualquier persona interesada.

OBSERVACIONES

- Autoliquidación 4% presupuesto.
El Ayuntamiento facilitará un modelo de autoliquidación que contenga los elementos tributarios imprescindibles por la liquidación del Impuesto.
- De acuerdo con el art. 3.2 de la ordenanza fiscal núm. 1.04, estarán exentas del pago d'Impost:
a) Las obras de arreglo y embellecimiento de fachadas, paredes, tabiques al descubierto, y en general, cualquier obra de este tipo que afecte elementos exteriores, si se hacen dentro de los plazos y las condiciones fijadas en las ordenanzas municipales de edificación.
b) Las obras interiores de los edificios y conjuntos incluidos en el Plan Especial de Protección de edificios y conjuntos histórico-artístico, previstas en la correspondiente ficha del catálogo, excepto las de ampliación.
c) Las obras que se realicen para la reparación de inmuebles afectados por patologías estructurales (aluminosis, carbonatación o similar), previo informe de los Servicios Técnicos Municipales.
d) Las obras destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas.
e) Las obras e instalaciones para colocar letreros, carteles, etc, con la finalidad de adecuar los textos a la normativa lingüística..  

DÓNDE DIRIGIRSE

    PRESENCIALMENTE:
    Documentos necesarios:
    - Instancia (impreso solicitud obra menor) por triplicado
    - Presupuesto (por duplicado).
    - Asume de dirección de un/a técnico/a cuando sea necesario.
    - Proyecto técnico cuando sea necesario.
    - En caso de reforma estructural cumplimiento art. 128 O.M.E.
    - en Caso de obras en fachadas, aportación de dos fotografias.
    - Fotocopia NIF o CIF.
    - Fotocopia Declaración Jurada e IAE del/de la Contratista.
    - Fotocopia Solicitud Obertura-Activitat de la sección de Actividades Regladas
  • C. del Migdia n° 5, BX.  Distrito: 1
    CP: 08901 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona
    Teléfono: 93 402 96 12
    Horario: Lunes a viernes: 8.30-14 h
  • C. Josep Prats n° 2, BX.  Distrito: 1
    CP: 08901 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona
    Teléfono: 93 402 94 00 Ext.9254
    Fax: 93 402 60 36
    Correo: registre.general@l-h.cat
    Horario: Lunes a viernes: 8.30-14 h
  • C. Migdia n° 5, 05 pis.  Distrito: 1
    CP: 08901 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona
    Teléfono: 93 402 94 59
    Fax: 93 402 94 60
    Horario: Lunes a viernes: 9-13 h
Ajuntament de L'Hospitalet. Plça. de l'Ajuntament, 11. 08901 L'Hospitalet de Llobregat. Tel. 934.029.400